En el año 1997 los Diputados de La Causa R propusieron ante el Congreso de la República la “Ley Programa de Alimentación para los Trabajadores”, con el objeto de crear un programa de alimentación para mejorar el estado nutricional de los trabajadores, a fin de fortalecer su salud, prevenir las enfermedades profesionales y propender a una mayor productividad laboral. Esta Ley fue aprobada y publicada en Gaceta Oficial No. 36.538 de fecha 15 de septiembre de 1998.
En el año 2002, nuevamente Diputados de la Causa R, presentaron una propuesta de reforma de la “Ley Programa de Alimentación para los Trabajadores”, aprobada y publicada en la Gaceta Oficial No. 38.094 de fecha 27 de diciembre del 2004, modificándose, entre otros, su título por el de “Ley de Alimentación para los Trabajadores”. Fue incluido dentro de dicha ley, el llamado Bono de Alimentación o el beneficio de Ticket de alimentación, otorgado en sus inicios, únicamente a trabajadores que no excedan los tres salarios mínimos mensuales, y cuyo valor cambia si se produce un ajuste del valor de la Unidad Tributaria (U.T.). Posteriormente a sufrido diversos cambios, llegándose incluso a llamarse actualmente como: “Ley del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y las Trabajadoras”, la cual fue publicada el 23 de octubre del 2015 en la Gaceta Oficial No 40.773.
Resumiendo, actualmente, todas las empresas tanto privadas como públicas, sin límite mínimo de trabajadores, están en la obligación de ofrecer a sus trabajadores servicio de comida elaborada, comedores, cupones, tickets, tarjetas electrónicas de alimentación o el pago del valor del mismo, tanto por cada jornada trabajada, como por el resto (30 días al mes).
En CEIVA siempre se ha cumplido con dicha obligación incluso tenemos desde mediados del año escolar 2018-2019, de otra bonificación complementaria, de mucho mayor valor, pagado en divisas.
En esta sección ofrecemos algunos registros históricos de cifras asociadas a dicho beneficio, estos son:
Fuentes consultadas con mayor información: