Bases legales
Estas se pueden abarcar y detallar en tres (3) contextos:

1) Internacional: En el mundo.
La Constitución de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO: United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization), que fue aprobada por 20 países en la Conferencia de Londres (noviembre, 1945), entró en vigor el 4 de noviembre de 1946 y actualmente, cuenta con 195 Estados Miembros y 8 Miembros Asociados. Venezuela es uno Estado Miembro de la UNESCO desde 1946, por lo tanto, suscribimos sus lineamientos.
En la estructura de la UNESCO, por su trabajo con la amplia variedad de los sistemas educativos nacionales en el mundo, existe el Instituto de Estadística de la UNESCO (UIS: UNESCO Institute for Statistics), quienes para garantizar la comparabilidad de los datos de los diferentes países, han creado la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE). Mayores detalles de la misma, en este enlace (CINE 2011).
Resumiendo, este referente establece (párrafo 102, página 28), el Nivel CINE 0, que se corresponde con la educación de la primera infancia, y que solo contemplan 2 grupos: En la primera categoría, el contenido está destinado a niños de entre 0 y 2 años, en tanto que en la segunda se orienta a niños desde los tres años de edad hasta el inicio de la educación primaria.
2) Nacional: En Venezuela.
La Ley Orgánica de Educación (LOE, 2009), establece en su Artículo 25, la organización del Sistema Educativo Nacional, el cual contempla el subsistema de educación básica, integrado por los niveles de educación inicial, educación primaria y educación media. El nivel de educación inicial por su parte, comprende las etapas de maternal y preescolar destinadas a la educación de niños con edades comprendidas entre cero y seis años.
Esta misma ley, en su Artículo 31, establece que “Una ley especial normará el funcionamiento del subsistema de educación básica, desde el nivel de educación inicial hasta el de educación media en todas sus modalidades y establecerá los mecanismos de coordinación necesarios con la educación universitaria.”, estas leyes nunca fueron desarrolladas, siendo un testimonio de la importancia que el régimen que ha detentado el poder durante todos estos años, le da al tema educativo; de igual forma, es una muestra del seguimiento y requerimiento por parte de las instituciones educativas, especialmente del sector privado, en este tema. Al no existir estas leyes, existe una divergencia con lo que debería ser su componente práctico (ejecución), pues sigue vigente el Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación (RGLOE), reformado en 2003, varios años antes de la LOE 2009, por lo que se pueden conseguir, en su Título II (De la estructura del sistema educativo), el Capítulo I (De la educación preescolar), que la atención pedagógica (Art. 12), durará solo un año escolar, como primer nivel obligatorio del sistema, y la fase previa al de Educación Básica.
Es en las Normas para la autorización de funcionamiento de los centros de Educación Inicial (NAFCEI, 2005), donde se establece la distribución de los niños y el personal (Art. 20), en tres (3) salas para maternal e igual cantidad para preescolar, una por edad (desde 0 años), las cuales pueden ser conformadas además, por salas mixtas, que pueden integrar a niños de hasta tres (3) edades diferentes y consecutivas, por ejemplo, preescolar: niños entre tres (3), cuatro (4) y cinco (5) años.
3) Curricular: En el subsistema de Educación Inicial.
En este ámbito, tenemos varios documentos (4), que conforman las Bases curriculares (Ministerio de Educación), anteriores a la LOE 2009. En el tema de las edades y etapas, establecen los siguientes referentes etarios:
- La Educación Inicial como primera fase de la Educación Nacional, está dirigida a la población entre 0 y 6 años o hasta que ingrese al primer grado de Educación Básica, (Educación Inicial. Bases Curriculares, 2005, Página 6 y Evaluación y Planificación, 2005, página 4).
- Comprende dos niveles: el Nivel Maternal, referido a la atención integral de niños desde cero (0) hasta cumplir los tres (3) años de edad; y el Nivel Preescolar, donde se brinda la atención integral a los niños hasta los seis (6) años, o hasta su ingreso al subsistema siguiente (Currículo Nacional Bolivariano. Diseño Curricular del Sistema Educativo Bolivariano, 2007, página 25 y Subsistema de Educación Inicial Bolivariana: Currículo y Orientaciones Metodológicas, 2007, página 11).
- Pedagógicamente, contempla también, orientaciones como la necesidad de: “Promover el aprendizaje participativo, en grupos, de manera que los niños y niñas se relacionen y actúen como mediadores de los procesos de sus compañeros.” (Educación Inicial. Bases Curriculares, 2005, página 106).





